Académicos

COLEGIO DEPARTAMENTAL

Los Colegios Departamentales de Escuela serán los órganos académicos responsables de coordinar las actividades docentes, de investigación y difusión de los Departamentos. Estarán facultados para el diseño, ejecución y elaboración de los planes y programas académicos, de conformidad con las políticas institucionales de desarrollo y los programas operativos correspondientes.

Se integrará por el Director de Escuela, quien lo presidirá; el Cordinador Académico; los Jefes de Departamento, los Cordinadores de Carrera de Educación Técnica en su caso y el Orientador Educativo de Escuela. Cada uno de los miembros del Colegio tendrá voz y voto; el Presidente contará con voto de calidad, el Orientador Educativo contará solamente los asusntos inherentes a sus funciones. El Director será suplido en sus ausencias por el Cordinador Académico.

Funciones del Colegio Departamental

Xxxx

Integrantes del Colegio Departamental

  • Integrante 1
  • Integrante 2
  • Integrante 3
  • Integrante 4
  • Integrante 5
  • Integrante 6
  • Integrante 7
  • Integrante 8